El Tribunal de Fiscalización Laboral ha emitido recientemente un pronunciamiento, en el cual acepta que una empresa descuente unilateralmente las remuneraciones del trabajador. En el caso concreto, se considera válido el descuento de las sumas otorgadas por licencia con goce de haber compensable, según lo estableció el Decreto de Urgencia No. 029-2020. Como se recordará, esta norma señaló que la licencia con goce de haber debía ser otorgada, entre otros, a quienes no pudieran realizar trabajo presencial, por ser personas de riesgo, debiendo compensarse los montos otorgados con trabajo equivalente. Dicha compensación podría ser incluso unilateral, en caso el trabajador no acepte el descuento, según se desprende de la posición señalada por el Tribunal de SUNAFIL.
Esta noticia constituye un precedente importante para aquellas empresas que, habiendo pagado sueldos a sus trabajadores, puedan recuperar dichos montos a través de un descuento de sueldos y/o beneficios sociales, con determinados límites. En cualquier caso, es importante que una medida de este tipo sea anticipada con un plazo razonable a los trabajadores, de tal manera que puedan tomar las previsiones correspondientes.
Cabe señalar que la posición del Tribunal de SUNAFIL no constituye un precedente de observancia obligatoria, aunque puede marcar el inicio de una determinada posición del Tribunal en esta materia. Asimismo, es importante resaltar que, a nivel judicial, la posibilidad de reducir o descontar remuneraciones es admitida en supuestos excepcionales. Así, de las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema sobre la materia (Expediente No. 3172-2004-AA/TC y 00422-2013-PA/TC, y Casación Laboral No. 23795-2017 y 3711-2016) se desprende que el descuento de remuneraciones es viable, pero siempre que cuente con la aceptación del trabajador. En este orden de ideas, será importante observar si estas entidades mantendrán la misma posición, a partir de lo señalado por el Tribunal de SUNAFIL, especialmente considerando que el otorgamiento de licencias con goce de haber fue una situación impuesta por ley, por lo que contar la aceptación de los trabajadores para el descuento pone a los empleadores en una situación compleja.

Hola, mi nombre es Carlos Cárdenas, soy abogado, y me gustaría compartir con ustedes algunas reflexiones sobre temas laborales. Espero pueda ser un espacio para intercambiar ideas y conocer otros puntos de vista, lo que siempre enriquece el conocimiento.
“El verdadero viaje de descubrimiento consiste no en buscar nuevos paisajes, sino en mirar con nuevos ojos”
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